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Ámbito de Identidad Originaria

Es un Área dentro de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Guaymallén que tiene como
objetivo el rescate y la difusión de la cultura originaria bajo las recomendaciones sugeridas por
la ONU en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas del año 2007.

¿Qué es la Whipala?

Es un “emblema” (no bandera), que identifica un modo de pensar, ver y entender el mundo
según la sabiduría de los pobladores originarios de gran parte de América del Sur.

¿A quiénes representa?

A todos los pueblos originarios que habitan a lo largo de los Andes y a todas las personas del
resto del mundo que respetuosamente adhieren a su cosmovisión.

¿Qué significan sus colores?

Rojo: la Tierra, la Pachamama y todo lo visible.

Naranja: la sociedad, la cultura, la medicina y la salud.

Amarillo: la energía y la fuerza; la dualidad presente en la naturaleza.

Blanco: el tiempo, el diálogo y el trabajo intelectual.

Verde: la naturaleza, los alimentos, el agua y los minerales.

Azul: el espacio, el cosmos, el universo.

Violeta: la política, la administración y el poder de las comunidades

 

 

Identidad: ¿qué es?

Es el conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad, que los caracterizan frente a los demás. (RAE)

Derecho a la identidad

EI derecho humano a la identidad individual fue reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU, 1966) y en la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989). Es decir, el estándar internacional reconoce y protege la cultura indígena diferenciada y, en consecuencia, reconoce la identidad indígena de un individuo

Entonces, ¿debo probar biológicamente mi pertenencia a algún pueblo originario?

No. Nadie, ni siquiera el Estado puede exigir una prueba biológica. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (ONU) ha señalado que la manera en que se define la condición de miembro de un determinado grupo étnico, se basará en la definición hecha por la persona interesada.

Identidad cultural colectiva

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU, 1966), el Convenio 169 de la OIT (1989), la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas (ONU, 2007) y la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas (OEA, 2016), reconocen el derecho de pertenecer a alguna comunidad.

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Fue adoptada en Nueva York, el 13 de septiembre de 2007, en la 61 Sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

¿Qué contiene la Declaración?

Contiene 46 artículos en los que se precisan los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas. También sobre el territorio, el acceso a recursos vitales, al desarrollo, a conservar su cultura, identidad, idioma, religión, al acceso a una educación intercultural y bilingüe, entre otros.

¿Qué pueden y qué deben hacer los Estados?

Pueden contribuir a promover y fortalecer sus culturas y tradiciones; a permitir su desarrollo social (Art. 11°, 12° y 139); a contribuir a la lucha contra la discriminación y la intolerancia (Art, 15, inc. 2), e impedir todo intento de asimilación por la fuerza por parte de cualquier otra cultura dominante(Art. 8, inc, 1).

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